Si eres un responsable de RRHH o de Servicios Generales, posiblemente hayas sufrido alguna vez el quebradero de cabeza que suponen los accidentes “in itinere”. Esos viajes en vehículo particular que tienen lugar cuando el empleado se desplaza en su trayecto habitual al o desde el trabajo. Sólo en el año 2023, se produjeron 85.327 accidentes de este tipo en España, por lo que se trata de un suceso de un gran impacto a nivel laboral y económico, además de tremendamente habitual, ya que se contabilizan alrededor de 300 cada día laborable. 

Además de que siempre es desagradable a nivel humano pasar por la experiencia de que un compañero o compañeros de trabajo sufran un accidente de tráfico, con todas las consecuencias físicas y emocionales que conlleva, también el responsable en cuestión debe enfrentarse a una carga administrativa y legal muy importante, que no siempre es fácil de manejar. 

En un primer momento, el responsable de RRHH o Servicios Generales debe recopilar toda la información relativa al accidente, demostrar que se trataba de un desplazamiento habitual del empleado al trabajo y cumplimentar el parte de accidente de trabajo. En esta etapa surgen las primeras fricciones, ya que no siempre es sencillo demostrar que el accidente ocurrió en un desplazamiento “in itinere”. Principalmente, el problema surge en la habitualidad del viaje, ya que este debe tratarse de un desplazamiento regular que se realice en un contexto de día y hora laboral. 

Sin embargo, ahora que se han generalizado los modelos híbridos de teletrabajo, no es tan sencillo demostrar que es un desplazamiento habitual. En este sentido, las aseguradoras tratan de dirimir con más exigencia hacia la empresa solicitante sobre esa frecuencia y habitualidad en el desplazamiento del empleado, incluyendo ciertas pruebas que, en ocasiones, son complicadas de presentar. Se estima que entre un 3% y un 5% declarados como “in itinere” son susceptibles de fraude, siendo en realidad desplazamientos de tipo personal. Esto le supone al sector asegurador entre 6 y 10 millones de euros en pérdidas por coberturas fraudulentas, por lo que cada vez están más vigilantes ante esta coyuntura.  

Ante este escenario, los responsables de RRHH y Servicios Generales, cuando se produce un accidente de este tipo, deben salir de sus tareas habituales e invertir un tiempo importante en presentar toda la información detallada a los peritos de la aseguradora para tramitar las indemnizaciones. Entre otros detalles por los que la aseguradora puede negar la cobertura, habitualmente se encuentran la realización de desvíos en la ruta para temas personales, el uso de medios de transporte no habituales o la realización de la ruta en franjas horarias fuera del horario laboral habitual.  

En los entornos de flexibilidad laboral en los que se mueven cada vez más las empresas, son muchos los empleados que no tienen un horario o días fijos de acudir a la oficina o tienen varias sedes a las que acuden presencialmente. Esto supone una dificultad añadida para demostrar la habitualidad del trayecto.   

Todo ello puede derivar en problemas legales de cierta complejidad, pero para entenderlos y saber dar solución, primero es necesario poner el foco en los requisitos que se deben cumplir para que un accidente sea considerado ‘’in itinere’’:

  • Elemento cronológico. Indica que el accidente deberá  haberse producido en una franja horaria razonablemente próxima al momento de entrada o salida del puesto de trabajo.

  • Elemento geográfico. Este requisito nos habla de la ruta que estaba llevando a cabo el trabajador cuando sufrió el accidente. Dicha ruta debe ser la habitual del trabajador y no debe haberse alterado sustancialmente el recorrido.

  • Transporte. El medio de transporte usado por el trabajador debe ser habitual y adecuado, además, si la empresa ofrece transporte propio o billete de algún medio de transporte y el trabajador no ha hecho uso de él, el accidente no podrá ser considerado ‘’in itinere’’.

  • Elemento teleológico o de finalidad. Este argumento nos quiere indicar que el accidente debe ocurrir en un trayecto cuyo objeto era llegar al puesto de trabajo.

De esta forma surgen infinidad de problemas legales cuya raíz es la misma: no poder demostrar que el accidente ha cumplido todos los requisitos y por tanto, no sea considerado ‘’in itinere’’. Entre ellos, los más frecuentes serían los relacionados con la naturaleza del accidente. Como ejemplo, si un trabajador se ha desviado para ir a hacer la compra, o para jugar al pádel con sus amigos, y luego continúa su trayecto a casa, no se consideraría accidente ‘’ in itinere’’, puesto que el recorrido se habría modificado sustancialmente y además tampoco cumpliría el elemento cronológico.

Por otra parte, podrían surgir conflictos entre empresa y aseguradora sobre la cobertura, ya que estas tratan de excluir algunos accidentes del ámbito de la cobertura para reducir su responsabilidad, por ejemplo negando que el accidente fue de camino al trabajo si consideran que el comportamiento del empleado incidió en el accidente, o alegando problemas de límites de cobertura, ya que ciertas pólizas pueden incluir exclusiones o limitaciones específicas que pueden ser interpretadas de forma ambigua por la aseguradora, generando litigios sobre si el accidente específico entra dentro de lo cubierto por la póliza.

De igual modo los daños derivados de accidentes ‘’in itinere’’ pueden ser físicos, psicológicos, y en ocasiones incluyen un período de tiempo de incapacidad laboral, lo cual puede abrir otro tipo de controversias como disputas sobre el grado de incapacidad o el tiempo necesario para la recuperación del trabajador porque las aseguradoras suelen cuestionar la gravedad de la lesión para evitar el pago de compensaciones o reducir el monto de la eventual indemnización.

En definitiva, desde el punto de vista legal se abre un abanico de disparidades de opinión y postura. Al empleado siempre le tocará probar lo ocurrido con argumentos, y la compañía aseguradora tratará de reducir su responsabilidad alegando la falta de cumplimiento de los requisitos mencionados.


Los últimos avances en digitalización, permiten aminorar esta problemática ya que se puede obtener una trazabilidad de los trayectos que realizan los empleados de forma diaria. Si cuentas con una base de datos en la que, en caso de accidente, puedas comprobar que el empleado hace el recorrido diariamente y con un origen o destino a su centro de trabajo, el responsable de la gestión ahorrará mucho tiempo en temas administrativos. Al fin y al cabo, uno de los trámites más tediosos con la aseguradora es el peritaje para determinar que se trata de un trayecto “in itinere”. 

En concordancia con ese peritaje, puede tratarse de un tema muy relevante para la empresa el evitar las disputas con la aseguradora y la mutuas en este tipo de accidentes. No se trata de fiscalizar la vida personal de los empleados, sino el introducir mecanismos que eviten las disputas y que puedan determinar con una mayor transparencia que el accidente fue de tipo laboral, y no personal. 

En este sentido, la diferencia económica para la empresa es sustancial. Si imaginamos un trabajador con un salario neto mensual de 2.000 euros, en un accidente in itinere se vería obligada a adelantar 750 € durante los primeros 15 días, aunque luego recupera esa cantidad de la mutua. Sin embargo, si el accidente es declarado de tipo personal, a la empresa le supondría un coste directo de 1.230 €. 

Por ello, para una empresa resulta de conveniencia el incentivar a sus empleados a que registren sus desplazamientos de manera digitalizada, con el fin de evitar estos costes adicionales sobrevenidos por una disputa con la mutua o aseguradora. Una herramienta eficiente para ello es el implementar una app de carpooling, cuya base principal de uso es el de compartir los trayectos de origen y destino al centro de trabajo con otros empleados de la zona. Sin embargo, ya son algunas empresas las que han visto este tipo de instrumento como una forma de contar con una trazabilidad completa de los empleados que conducen diariamente al centro de trabajo. A partir de este registro, puede ser de gran facilidad, rapidez y transparencia la determinación de un accidente como “in itinere”. 

Desde Zmove, empresa dedicada a este tipo de servicios de movilidad para empresas, te animamos a reflexionar sobre la digitalización de los desplazamientos diarios de tus empleados, para, de esta forma, ayudarte en la gestión de este tipo de incidencias.